Aborto legal y Estado Laico

Hoy Argentina es un país más justo y más laico

Esta madrugada el Senado convirtió en ley el aborto legal por 38 votos a favor y 29 en contra. Y desde CAEL no podemos hacer más que celebrar, expresar nuestra alegría y abrazar a las compañeras y les compañeres que hicieron posible esta ampliación histórica de los derechos de las mujeres, lesbianas, masculinidades trans y nobinaries y otras personas con capacidad de gestar.

Celebramos que Argentina es hoy un país un poco más justo y un poco menos cruel; un país en el que desaparecerán los abortos clandestinos y todo el dolor asociado a ellos.

Pero celebramos también que hoy Argentina es un país un poco más laico. Es cierto que, a juzgar por los discursos de algunxs senadorxs (sobre todo senadores), pareciera todo lo contrario. Vimos, tal vez no con sorpresa, pero sí con preocupación cómo los fundamentalismos intentaban disfrazarse de argumentos; vimos al clericalismo colarse en el debate para intentar controlar la moral y las vidas de toda la sociedad; y vimos las presiones inéditas sobre lxs representantes del pueblo hasta el último minuto.

Pero les ganamos: aun a pesar de todo eso, la batalla más difícil, la que no se podía ni siquiera nombrar, la ganamos. Y por eso hoy Argentina es un país un poco más laico. Un país donde los fundamentalismos religiosos fallaron una vez más en sus intentos nada disimulados de imponer su moral religiosa a toda la sociedad. Y por eso podemos soñar con que también la separación formal y real entre iglesia y Estado es posible.

Cada ampliación histórica de derechos alcanzada cuesta arriba contra el poder clerical fue y es un avance laicista. Lo fue la Ley de Educación Sexual Integral, que aun debemos luchar por actualizar y poner en práctica en todo el país; lo fueron la Ley de Matrimonio Igualitario y la de Identidad de Género, entre tantas otras. Y hoy, el aborto legal nos hace un país un poco más justo y un poco más laico.

Porque hoy más que nunca recordamos las palabras de Aída Kemelmajer: «La historia del derecho en Argentina es la historia de la secularización».

Hoy celebremos, que desde mañana retomaremos el trabajo. Porque el aborto legal, seguro y gratuito es ley. Y el Estado será laico.

El fallo del TSJ de la CABA es una afrenta a la educación pública y laica

Desde CAEL repudiamos el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en base a una interpretación sumamente restrictiva de derechos establecidos en la Constitución de la Ciudad (CCABA) y en base a normas de rango inferior (o bien de rango federal, pero que no restringen las garantías establecidas por la CCABA), dejó sin efecto fallos de primera y segunda instancia que obligaban al Gobierno de la Ciudad (GCBA) a garantizar el acceso a la educación pública en los primeros años de vida. De los cinco miembros del tribunal, solo la jueza Alicia Ruiz rechazó de plano el recurso de queja del GCBA.

Debemos recordar que el artículo 24 de la CCABA establece: «La Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine».

El tribunal, por mayoría, entendió que la distinción hecha por el texto constitucional sobre el carácter obligatorio o no en función de la edad (que evidentemente refiere a la obligatoriedad o no de ingreso y permanencia en el sistema educativo por parte de lxs estudiantes y sus responsables legales) exime al GCBA de la obligación de dar cumplimiento inmediato a la garantía de acceso a la educación pública desde los cuarenta y cinco días. Estableció, en este sentido, que ante el limitado número de vacantes lo único que puede exigirse razonablemente es que sean justos los criterios con que se distribuyen las mismas, lo que tiene como inevitable conclusión que quien puede acceder a la educación de gestión privada en los primeros años de vida, no tiene derecho a exigir acceder al subsistema de gestión pública.

Esta interpretación forzada no solo vuelve inaplicable la garantía constitucional de acceso a la educación pública, sino que además viola la garantía de acceso «desde los cuarenta y cinco días de vida» a la educación «estatal laica». Esto se vuelve más grave aún, si notamos que las instituciones privadas que reciben mayor porcentaje de subvención estatal —y por tanto las más accesibles en términos económicos—, suelen ser instituciones de carácter confesional. Así, la negativa de acceso a la educación pública bajo pretexto de una mínima capacidad económica de acceder a una institución educativa de gestión privada termina también echando por tierra la garantía del acceso a la educación laica.

En momentos en que nuestro país discute el acceso a la IVE, en que se pone en debate la desigualdad de la carga de las tareas de cuidado en función del género, los efectos que las mismas tienen sobre las posibilidades laborales de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar, sobre su independencia económica, sobre la brecha salarial por género, solo por citar unos ejemplos, resulta inaceptable que el máximo tribunal de la ciudad pretenda relevar al gobierno de la obligación constitucional de acompañar en la educación y las tareas de cuidado desde las primeras semanas de vida. Y que en dicho intento se pase por encima de la garantía constitucional de la educación laica, colisionando con otras garantías establecidas tanto en la CCABA como en la Constitución Nacional, merece nuestro repudio liso y llano.

Desde CAEL estaremos atentxs para acompañar todas las acciones que se tomen contra esta afrenta a derechos constitucionales y humanos e instamos a la Corte Suprema de Justicia a revertir una decisión inadmisible que, de lo contrario, seguramente instará una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Por eso convocamos a alzar la voz a todas las personas que tienen un compromiso con la igualdad y un Estado laico, y llamamos, una vez más, a todas las autoridades a garantizar la educación pública y laica, y a respetar el laicismo de Estado y la libertad de conciencia de todas las personas.

Por una Constitución sin dioses

CAEL celebra el debate social iniciado tras la sesión en la que se dio media sanción al aborto legal luego de que la diputada Dina Rezinovsky planteara que «si tanto les molesta dios, sáquenlo de la Constitución».

Efectivamente, desde CAEL no solo venimos sosteniendo que eso es lo que habría que hacer para alcanzar un estado completamente laico, sino que incluso venimos trabajando en un proyecto de ley de declaración de necesidad de reforma de la Constitución próximo a presentarse al Congreso (ver el articulado del proyecto en este vínculo o descargar).

En particular, en el proyecto identificamos las reformas que serían necesarias para una Constitución completamente laica, siendo las más importantes:

  • sacar la invocación a «Dios» en el preámbulo;
  • sacar el sostén del culto católico (art. 2), reemplazándolo por la prohibición de sostén de cualquier culto;
  • agregar explícitamente el carácter laico del Estado, y en particular de la educación de gestión Estatal en todos sus niveles;
  • sacar la mención a «Dios» en el art. 19;
  • eliminar la jerarquía constitucional de los concordatos (art. 75, inc. 22.),

entre otras modificaciones que pueden consultarse en el texto del proyecto.

Entendemos que no es casual que haya sido en este contexto el surgimiento de este debate: la sesión del pasado miércoles (y jueves) expuso con total claridad cuáles son las consecuencias de mezclar los asuntos de la iglesia y el Estado. Por eso insistimos una vez más en que solo un Estado laico nos permitirá profundizar la ampliación de derechos de la que somos testigos y protagonistas en este momento histórico.

CAEL presentó en el Congreso su proyecto para cambiar el feriado católico del 8/12 por uno laico el 10/12

La Coalición Argentina por un Estado Laico ingresó formalmente al Congreso de la Nación un anteproyecto de ley para que el 8 de diciembre deje de ser feriado y, en su lugar, adquiera dicho estatus el día 10 de diciembre, «Día de la Restauración de la Democracia» (Ley 26.323) y «Día de los Derechos Humanos» (Ley 25.502).

El anteproyecto retoma una propuesta hecha por CAEL por primera vez en el año 2013, en ocasión del 30º aniversario del retorno definitivo a la democracia con la asunción presidencial de Raúl R. Alfonsín. Se busca con el mismo cambiar un feriado que representa apenas a una parte de la población —católicxs practicantes— por uno que nos represente a todes, destacando dos hitos centrales para nuestro país y para el mundo: la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983 y la aprobación en la ONU de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948.

Desde CAEL venimos destacando desde nuestros inicios como organización que un Estado laico es fundamental para garantizar la plena vigencia de la democracia y los Derechos Humanos. En días en que vemos cómo sectores religiosos de la sociedad civil y el clero buscan bloquear el avance de derechos de las personas gestantes e imponer a toda la sociedad sus creencias particulares en la legislación, llegando incluso a promover acciones que violentan los fueros del Congreso de la Nación, esto es más claro que nunca.

Por ello, si bien se trata de apenas un primer paso, creemos que este proyecto, de aprobarse, marcaría un hito esencial en el camino hacia un verdadero Estado laico, que respete la libertad de conciencia de todes sus habitantes. Descargá el proyecto de ley de CAEL y sus fundamentos:

Firmá y adherí: https://docs.google.com/forms/d/1V2e4EEK_WaWtFFMYJUil9ApoS9gD0FAQyx5Ts5WvgWg/

Estado intima a la iglesia a cumplir la ley y borrar datos de apóstatas

Desde la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL) celebramos la decisión de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) que intima a varias dependencias de la iglesia católica a eliminar datos personales de una persona que había solicitado la apostasía.

En el caso de Pao Raffetta, militante de Apostasía Colectiva (AC) y de CAEL, como en todos los demás, las dependencias de la iglesia se habían limitado a agregar una nota marginal a sus registros de sacramentos dejando constancia del pedido de apostasía, pero no habían eliminado los datos obrantes, lo que en la práctica genera una vulneración de derechos aún mayor, ya que se mantiene la inscripción del bautismo y se agrega la información sobre la apostasía. En el caso puntual de Raffetta esto incluso tuvo como consecuencia la pérdida de su puesto de trabajo de 10 años como docente en la Universidad del Salvador. Ahora, con el asesoramiento y acompañamiento de la Campaña Nacional por un Estado Laico se logró esta resolución histórica.

La decisión de la DNPDP viene a reparar la grave situación de vulneración de derechos garantizados por la Constitución Nacional y tratados de jerarquía constitucional, y constituye un precedente importantísimo para que otras personas puedan lograr la total remoción de sus datos y desvinculación con la iglesia católica, lo que significa nada más ni nada menos que un reconocimiento a la supremacía del derecho a la libertad de conciencia y a la protección de los datos personales, entre otros.

Por eso celebramos esta decisión, que comienza a dar cuenta de un reclamo histórico de Apostasía Colectiva y CAEL y compartimos este breve instructivo para ayudar a todas las personas que lo deseen a hacer este reclamo ante la DNPDP. Mientras tanto, llamamos a las autoridades de todos los poderes y niveles de gobierno a establecer mecanismos que permitan garantizar el goce de estos derechos y garantías constitucionales a todas las personas de forma simple y expedita, para retomar el largo camino que resta aún recorrer en la construcción de un Estado Laico que respete, valore y garantice la libertad de conciencia y la diversidad de sus habitantes.

Más información sobre la Acción de Protección de Datos Personales para apóstatas en http://apostasia.com.ar/ConMisDatosNoTeMetas

Contacto: Prensa CAEL

Comunicado de CAEL sobre FASTA

Adolescentes y ex estudiantes de los institutos educativos de la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (FASTA) han sacado a la luz numerosos testimonios publicados recientemente en distintos medios de comunicación. Denuncian que han sido víctimas de un fuerte discurso de adoctrinamiento sexista y machista que violenta y discrimina a las personas por su diversidad sexual o por razones de género.

Relatan que reciben una instrucción fuertemente machista que estigmatiza a los movimientos de mujeres y LGBT que luchan por la igualdad de derechos. La base fundamental de lo que se les inculca en los establecimientos educativos se
encuentra en manuales llenos de expresiones intolerantes y segregacionistas, contrarios a la ley antidiscriminatoria, a la ley de educación sexual integral, a la ley nacional de educación, a la ley de protección integral de niños, niñas y adolescentes, a la ley de protección contra la violencia hacia las mujeres y por razones de género, etc.

También han contado en diferentes redes sociales y medios digitales que en un espacio extra curricular de la institución llamado RUCA, estudiantes recibían maltratos psicológicos, participaban de actividades degradantes y se les sometía a todo tipo de conductas abusivas. También han contado en diferentes redes sociales y medios digitales que en un espacio extra curricular de la institución llamado RUCA, estudiantes recibían maltratos psicológicos, participaban de actividades degradantes y se les sometía a todo tipo de conductas abusivas.

Atento a todo esto, el INADI se presentó ante la justicia. La UFEM, como parte del
Ministerio Público Fiscal, también decidió intervenir y varias legislaturas de diferentes provincias han elevado proyectos para tratar el tema.

Por lo expuesto, solicitamos a los organismos del Estado que corresponda que intervengan con celeridad, ya que están en juego los derechos de la infancia, que tienen un interés superior frente a cualquier argumento de índole religiosa que pretenda justificar algún tipo de maltrato en nombre de la libertad de culto.

Queremos también recordar que los más de veintitrés centros educativos de esta congregación reciben alrededor de 400 millones de pesos anuales a modo de subsidios por parte del erario público.

Para enviar adhesiones personales o de organismos, instituciones, colectivos, organizaciones y asociaciones, mandar un mail a adhesiones@coalicionlaica.org.ar

Retiro de símbolos religiosos en cuarto oscuro. Nota modelo

_______________, 11 de agosto de 2019

Sr./Sra. Juez/a, Delegado/a Judicial, autoridad de mesa o autoridad pública competenteDe mi mayor consideración:Por la presente, solicito se ordene dar inmediato cumplimiento, sin más trámite, a lo establecido en el artículo 82, inciso 5, segundo párrafo, del Código Electoral de la Nación, en tanto establece: «Queda prohibido colocar en el cuarto oscuro carteles, inscripciones, insignias, indicaciones o imágenes que la ley no autorice expresamente, ni elemento alguno que implique una sugerencia a la voluntad del elector fuera de las boletas aprobadas por la junta electoral».

La prohibición establecida en el párrafo anterior incluye, desde ya, los símbolos (insignias) e imágenes religiosas, tanto por encontrarse claramente comprendidos en la primera causal de prohibición (no están autorizados expresamente), como por poder implicar una sugerencia a la voluntad del elector, ya sea porque uno o más partidos políticos se identifiquen abiertamente con un determinado culto o bien porque lo hagan sus candidatos/as.

En el mismo sentido, deben retirarse (o en su defecto cubrirse) todos los carteles y afiches que sienten una posición sobre cuestiones de actualidad y de debate social que puedan haber sido parte de la discusión en campaña o de las plataformas electorales —por la afirmativa o la negativa— de uno o más partidos.

Todo esto es independiente de que el edificio donde tiene lugar el comicio guarde o no relación con un determinado culto, ya que corresponde al Estado, por intermedio de las autoridades electorales, garantizar el ejercicio libre del sufragio y dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código Electoral Nacional. Por lo tanto, si un determinado espacio no es apto para funcionar como cuarto oscuro, no puede ser habilitado para ello por la autoridad electoral o deben arbitrarse todas las medidas necesarias para subsanar cualquier incumplimiento, sin excepción, atendiendo la trascendencia suprema que el acto electoral posee para el sistema democrático.

En tal sentido, vengo a denunciar que en el cuarto oscuro de la mesa cuyos detalles cito más abajo, se encuentran expuestos algunos de los elementos mencionados, lo que constituye una violación a las normas del Código Electoral y a mis derechos y los de otros/as electores/as.Por tal motivo, y en ejercicio de la garantía de «Amparo del Elector» (art. 10, CEN), que habilita la denuncia por cualquier medio y ante cualquier magistrado/a o funcionario/a, solicito se dé inmediato cumplimiento a las disposiciones del Código Electoral y se remuevan u oculten sin demora todos los elementos denunciados antes de dar continuidad al comicio, haciendo reserva del derecho de apelar de inmediato a otra autoridad en caso de respuesta negativa y a impulsar eventualmente las acciones que correspondieran por incumplimiento de los deberes del/la funcionario/a público/a y negativa o demora en la acción de amparo (art. 129, CEN).

Téngase por hecha la denuncia y dese curso de inmediato a todas las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Código Electoral Nacional.

Lo/a saludo atentamente,

Nombres y Apellidos:

DNI:

Datos de la mesa:


Violencia Institucional en la Iglesia Católica

La violencia institucional de la Iglesia Católica Apostólica Romana hacia niños, niñas y adolescentes

Recientemente, desde la Coalición Argentina por el Estado Laico, hemos denunciado y repudiado las maniobras ejercidas por parte de algunas autoridades eclesiásticas para demorar, obstaculizar y denegar el ejercicio de la libertad de conciencia y religión a aquellas personas que quieren renunciar a su pertenencia a la Iglesia Católica Apostólica Romana.

Comunicado sobre Apostasías

En diferentes zonas del país han sucedido episodios repudiables, donde la institución pontificia se niega a cumplir la legislación argentina e incluso sus propios códigos canónicos, con el objetivo de no perder afiliados.

En la localidad de Morón el cura José Luis Guglielmo, canciller del obispado de esa zona, negó la apostasía de dos niños con la siguiente argumentación: “En primer lugar debo decirle que nadie puede apostatar por otro, es decir, es un trámite puramente personal que deberán asumir el día de mañana cuando, luego de los 18 años ellos mismos lo decidan. Nadie tiene derecho a apostatar por otro, ni padre ni madre ni familiar ni amigo, ese es el mecanismo normal de este acto tan importante. Atte. JLG.”

El sacerdote, en un acto de ignorancia deliberada, contradice las disposiciones de la propia institución a la que pertenece; a saber, Prot. N 10279 del Código Canónico (2006), como también desconoce intencionalmente los tratados internacionales de DDHH que forman parte del cuerpo de nuestra Constitución Nacional y desafía sin ningún prurito el derecho argentino.

Ley 26.061

ARTICULO 19. — DERECHO A LA LIBERTAD. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la libertad. Este derecho comprende:

  1. a) Tener sus propias ideas, creencias o culto religioso según el desarrollo desus facultades y con las limitaciones y garantías consagradas por el ordenamiento jurídico y ejercerlo bajo la orientación de sus padres, tutores, representantes legales o encargados de los mismos.

En la página web del obispado de Morón (https://catedraldemoron.org.ar/pastoral-de- bautismo/ ) se especifican los requisitos para bautizar/inscribir a los y las infantes dentro de la institución Iglesia Católica Apostólica Romana.

Cómo se puede observar ni siquiera verifican la identidad de quienes declaran ser las madres o los padres de los niños y niñas que ellos incorporan a su organización. https://catedraldemoron.org.ar

La hipocresía del funcionario y jerarca del Obispado de Morón, que como representante y autoridad de la Iglesia Católica impulsa la afiliación compulsiva de niños, niñas y adolescentes sin su consentimiento, nos indigna y violenta como personas respetuosas de la absoluta libertad de conciencia. Por lo tanto invitamos a quienes quieran realizar el trámite de apostasía para sus hijos e hijas, que hayan pasado por situaciones similares, a contactarnos para iniciar las acciones legales pertinentes.

www.coalicionlaica.org.ar

Contactos de prensa:

+54 9 11-4425-5928 / 11-5639-1172 / 11-5780-0259 / +54 9 223-682-4725

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Comunicado sobre Apostasías

LA COALICIÓN ARGENTINA POR UN ESTADO LAICO DENUNCIA TRABAS DE LA IGLESIA A LA APOSTASÍA Y EXIGE PROCEDIMIENTOS UNIFORMES Y EFECTIVOS

Buenos Aires, 16 de agosto de 2018

La Coalición Argentina por el Estado Laico denuncia y repudia las maniobras ejercidas por parte de algunas autoridades eclesiásticas para demorar, obstaculizar y denegar el ejercicio de la libertad de conciencia y religión de aquellas personas que renuncian a su pertenencia a la Iglesia Católica Apostólica Romana, solicita la eliminación de sus datos personales de sus registros, y demanda que la Iglesia establezca un procedimiento claro y uniforme para todas las jurisdicciones eclesiásticas del país.

En momentos en los que la sociedad argentina abre sus ojos ante la innegable evidencia de que la principal fuerza motora que obstaculiza el reconocimiento y ampliación de derechos en Argentina es la Iglesia, ésta se obstina en dificultar e impedir que la gente pueda renunciar a integrar sus filas.

Hemos recibido mensajes de distintos lugares del país en los cuales se denuncian requisitos arbitrarios para concretar las desvinculaciones, tales como certificados, autorizaciones y otros, que no se condicen siquiera con los requisitos establecidos por las disposiciones de la propia institución; a saber, la Prot. N 10279, aprobada por el Papa Benedicto XVI y comunicada el día 13 de marzo del 2006. Algunas diócesis, incluso, se han negado a iniciar el trámite.

Entendemos que este hecho constituye una grave violación a las libertades de conciencia y religión y exigimos a las autoridades eclesiásticas que tomen medidas tendientes a unificar los criterios y aclarar los requisitos y procedimientos para dar rápida y efectiva respuesta a las solicitudes de desvinculación.

Al mismo tiempo, demandamos que la Iglesia se abstenga de continuar almacenando datos sensibles (como las anotaciones marginales de apostasía) de las personas que solicitan la eliminación total de sus datos de los registros eclesiásticos. Caso contrario, incurriría en una violación sistemática y permanente de la Ley de Protección de los Datos personales N°25.326 que, en su artículo 4, inc. 7, establece que “Los datos deben ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los cuales hubiesen sido recolectados”, y en su artículo 7, inc 3, prescribe que “Queda prohibida la formación de archivos, bancos o registros que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles. Sin perjuicio de ello, la Iglesia Católica, las asociaciones religiosas y las organizaciones políticas y sindicales podrán llevar un registro de sus miembros.”

Dado que las solicitudes mencionadas cumplimentan el perfil teológico del acto interior y manifiestan por medio escrito la voluntad libre e indubitada de renunciar a ser miembro de la Iglesia, en los términos de la normativa eclesiástica previamente citada y del Canon 750 del Código Canónico, entendemos que dicha renuncia conlleva el derecho a solicitar la eliminación de los datos recabados y la prohibición de registrar datos personales de apóstatas.

En consecuencia, la Coalición Argentina por un Estado Laico exige que la Iglesia deponga su actitud obstruccionista. A la vez, demanda que la Conferencia Episcopal Argentina presente públicamente un procedimiento simple y sencillo, uniforme para todo el país, para que las personas que deseen excluirse de su seno y registros puedan hacerlo sin más dilaciones.

Por último, invitamos a la sociedad argentina que comparta nuestra mirada a concurrir a las actividades de apostasía colectiva que se realizarán en distintos puntos del país este sábado 18 de agosto. No en mi nombre!

facebook.com/estadolaico – coalicionlaica.org.ar

Contactos de prensa:

+54 9 11-4425-5928 / 11-5639-1172 / 11-5780-0259 / +54 9 223-682-4725

Para mayor información sobre Apostasías Colectivas en las próximas semanas en todo el pais, les invitamos a visitar el siguiente enlace en la página de Facebook de Apostasía Colectiva.