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El Código Civil de la democracia ratificará privilegios otorgados en dictadura

30 de septiembre de 2014

El oficialismo en la Cámara de Diputados se apura a dar sanción definitiva al nuevo Código Civil y Comercial y la oposición intenta bloquear el debate, más preocupada por la forma que por el fondo. El texto aprobado por el Senado a fines del año pasado indica que la persona humana se inicia con la concepción y ratifica el privilegio de la iglesia católica de ser considerada persona jurídica pública, otorgado por el dictador Onganía.

Este miércoles el oficialismo intentará dar sanción definitiva al nuevo Código Civil y Comercial en la Cámara de Diputados de la Nación, aprobado por el Senado a fines del año pasado. La sanción es fuertemente resistida por organizaciones de derechos humanos por la modificación realizada al artículo 19, que tras las presiones de la iglesia católica establece que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción".

Si bien es debatible hasta qué punto esta definición tendrá implicancias sobre cuestiones como el aborto y las técnicas de reproducción asistida, lo cierto es que la fuerte presión de la iglesia para obtener tal modificación —en su momento— y para apurar la sanción —ahora, tras la visita de la presidenta al Vaticano— muestra hasta qué punto el clericalismo en la Argentina impone a toda la sociedad visiones de un sector religioso y genera inseguridad jurídica incluso a costa de derechos ya reconocidos por ley.

Y más aún, como CAEL insiste desde hace años y expuso ante la Comisión Bicameral que debatió el texto del futuro Código, el proyecto que llega del Senado ratifica un privilegio que le fue concedido a la iglesia católica argentina por el dictador Juan Carlos Onganía: el de ser considerada persona jurídica de carácter público (art. 33 del Código Civil vigente y art. 146 del proyecto).

La personería pública de la iglesia católica implicaría que la misma se rija "en cuanto a su reconocimiento, comienzo, capacidad, funcionamiento, organización y fin de su existencia, por las leyes y ordenamientos de su constitución" (art. 147 del proyecto), a diferencia de las personas jurídicas privadas, que se regirían —antes que por sus propias normas— por las leyes especiales y por el Código (art. 150). Esta redacción extiende y precisa aún más las prerrogativas de la iglesia católica, que quedaría virtualmente por encima de las leyes que se aplican a todas las personas privadas y en particular a las demás religiones —aunque CAEL sostiene que se trata de una disposición inconstitucional, que tarde o temprano será rechazada por la justicia—, amplía simbólica y materialmente el espectro de poder y la influencia de la iglesia católica sobre las cuestiones del Estado y profundiza la violación a los principios de igualdad ante la ley, libertad de culto y de conciencia.

Cabe aclarar que dicha prerrogativa no encuentra sustento legal alguno en el controvertido art. 2º de la Constitución Nacional, sino que obedece a una concesión clerical de Juan Carlos Onganía, quien ocupó el poder ejecutivo de facto entre 1966 y 1970. También debemos mencionar que el texto propuesto consolida los avances obtenidos en los últimos años con las leyes de matrimonio igualitario e identidad de género, simplifica los divorcios y presenta otros avances que, en cualquier caso, estaban ya presentes en el anteproyecto elaborado por la comisión redactora.

Como CAEL sostiene hace años, sin igualdad no hay verdadera libertad. Y aumentar el poder de la iglesia católica sobre las decisiones del Estado cada día afecta más visiblemente los derechos de quienes profesan otras religiones o ninguna, así como de la gran mayoría de católicos y católicas que aun identificándose como tales no comparten la mayoría de las visiones que la jerarquía católica busca imponer en la legislación argentina.

El Código Civil de la democracia no puede ni debe ratificar los privilegios que una dictadura clerical le dio a la iglesia católica.

Por eso, llamamos a todos los sectores políticos y sociales a rechazar la imposición de normas dictadas desde el Vaticano y a empezar a construir nuevamente un Estado argentino laico, respetuoso de la libertad de conciencia de todas y todos y del principio de igualdad y no discriminación.

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